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    La Policía Nacional y la fuerza pública

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    Se alude a las formas más usuales de enfocar las acepciones de ‘policía’, desde un amplio espectro de disciplinas, para contribuir a comprender mejor sus proyecciones y develar la trascendencia e importancia de la institución a la cual se le ha confiado el ejercicio de funciones inherentes al cumplimiento de los respectivos mandatos constitucionales y legales. Como nuestra preocupación ha girado alrededor del fundamental tema de si ese cometido lo está obteniendo dicha institución, tratamos de establecerlo a lo largo del desarrollo del texto, intentando además señalar los roles de otros organismos del Estado, que conllevan asunción de funciones policiales que implicarían extralimitación de sus iniciales órbitas

    Análisis jurisprudencial sobre el fuero militar respecto a los casos de homicidio donde están involucrados miembros de la fuerza pública

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    Cuando el autor del delito penal es miembro activo de la fuerza pública a la cual se integra de forma exclusiva con el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional, estos se encuentran amparados por un fuero penal militar, siempre y cuando este hecho punible se desprenda de un acto propio del servicio o con relacional mismo. Que el hecho punible tenga relación con el servicio, principio desarrollado en el Código Penal Militar por el cual se establece el ámbito de aplicación de la ley penal militar, en estas normas encontramos que los miembros de las fuerzas públicas pueden involucrarse en la comisión de delitos de naturaleza militares y/o comunes relacionados con el servicio, tales como el homicidio tema central del presente análisi

    La fuerza pública como garante de la implementación del Acuerdo de Paz

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    32 páginasLos tres componentes teóricos que articulan el trabajo que se presenta se resumen así: 1. La aplicación del concepto de legitimación estatal en virtud de la implementación de un acuerdo de paz. Este último entendido como instrumento de realización del fin esencial del Estado de promover la convivencia pacífica y, en última instancia, de garantizar la paz; 2. La comprensión de las funciones de la Fuerza Pública (Fuerzas Militares y Policía Nacional) como derivados constitucionales del fin esencial de búsqueda de la paz y de la Fuerza Pública como garante de la implementación del Acuerdo, y 3. La apreciación del territorio como el escenario de la implementación y de las dificultades de la misma

    Fuerza pública, negociaciones de paz y posacuerdo en Colombia, de E. Cruz Rodríguez

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    En este texto, el politólogo de la Universidad Nacional de Colombia y magíster en Análisis de Problemas Políticos, Económicos e Internacionales Contemporáneos, Edwin Cruz Rodríguez, presenta una reflexión inicial acerca de la función de la fuerza pública colombiana (FP) —compuesta por los cuerpos de Ejército y Policía Nacional— en un posible escenario de posacuerdo, de cara a los diálogos de paz que se desarrollaron en La Habana, Cuba, entre el Gobierno nacional de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP)

    Marcos jurídicos e institucionales de la seguridad ciudadana en la República Dominicana

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    Félix Damián Olivares Grullón (biografía): Abogado dominicano. Se ha desempeñado en el Ministerio Público, en la Consultoría Jurídica de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y en la Consultoría Jurídica de la Comisión de Reforma de la Empresa Pública. Ha sido también investigador asociado de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS).El texto analiza el tema de la seguridad pública en la República Dominicana a la luz de su legislación, particularmente de la Constitución y de las leyes que regulan el ejercicio de la Policía Nacional. Aunque, en función de la carta magna, la protección efectiva de los derechos de las personas debe corresponder a una corporación policial que la asuma como tarea eminentemente preventiva y que se vea apoyada por las labores de control que pertenecen en sentido estricto al ministerio público, en los hechos la institución policial hace un uso excesivo de la fuerza, no toma en cuenta a la comunidad para la definición de una tarea que estima como de “alta seguridad nacional” y está hasta cierto punto militarizada. Todo esto hace que sus operaciones en torno a la seguridad ciudadana no se enmarquen dentro del apego estricto a la Constitución y las leyes y que se vea afectado el estado de derecho en el país

    Acciones que debe ejecutar la Policía Nacional para el desarrollo integral del Estado

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    La hipótesis de que la Policía por su misión fundamental y sus recursos limitados, no estaba en capacidad de cumplir acciones colaterales en favor del desarrollo del Estado. Más, a lo largo de la investigación se ha establecido que la Policía Nacional pese a sus limitaciones y de su misión Constitucional de garantizar el orden interno y la seguridad individual y social, constituir Fuerza Auxiliar de las Fuerzas Armadas; cumplir la sagrada misión de la Fuerza Pública, Defensa Civil y otras que le impones las leyes de la Republica; cumple también, exitosamente, actividades que coadyuvan al desarrollo del Estado Ecuatoriano ya sea en el campo de la Educación sistemática, la educación vial, en la salud, mediante el proyecto de organización y funcionamiento de la Red de Emergencias con una cobertura nacional que satisfaga los requerimientos de servicios médicos urgentes. La práctica de una movilización comunitaria, frente a la delincuencia, incentivando una nueva actitud ciudadana frente al delito y la organización de las brigadas barriales orden y seguridad. Cumple acciones renovadoras de los Puestos de auxilio inmediato con la participación del sector empresarial y bancario. Ha facilitado la organización, funcionamiento de la Unidad Anti Secuestro y extorsión UNASE y la colaboración de la comunidad para neutralizar los secuestros

    Trabajo de titulación, previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador

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    El presente trabajo de monografía titulada “ANÁLISIS JURÍDICO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL”,tiene la finalidad de analizar el régimen disciplinario de la Policía Nacional, y estudiar casos prácticos sobre la sustanciación de las faltas leves, graves y muy graves, en contra de los servidores policiales, por lo que analizaremos si las sanciones impuestas han sido sustanciados conformea Derecho, o se ha violentado las normas del debido proceso establecidas en la Carta Magna, en razón que desde la vigencia del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Publico, aun no existe el Reglamento a la norma legal antes mencionada, lo que ha ocasionado que la normativa legal policial establecida en libro 1 del (COESCOP), se han aplicado normas supletorias por falta del Reglamento, y que desde la vigencia del (COESCOP), no solo a estructurado cambios en los procedimientos administrativos, sino también en los tipos de sanciones en las que puede incidir un miembro de la fuerza pública, ya que con el Reglamento de Disciplina de la Policía Nacional (derogado) existía violaciones al debido proceso al momento de imponer sanciones; hoy con el(COESCOP), se pretende dar aquellas garantías constitucionales del debido proceso. Para el desarrollo de la presente investigación monográfica se utilizó una metodología de la investigación científica -bibliográfica, la que ha servido como fuente de consulta y elaboración del marco teórico, empezando con lo manifestado por varios estudiosos del DerechoAdministrativo, sobre el tema asunto de estudio, para concluir con el análisis personal de dos procesos administrativos obtenidos en la Unidad de Asuntos Internos de la Subzona de Policía Morona Santiago No. 14, en la ciudad de Macas en donde se sustancio dos Sumarios Administrativos de faltas graves y muy graves establecidas en el (COESCOP), que permitieron llegar a establecer varias conclusiones de la grave problemática que tiene el procedimiento administrativo de la Policía Nacional del Ecuador

    Análisis del cumplimiento de la pena y mecanismos para la reinserción social en el Centro de Reclusión Especial de Facatativá de la Policía Nacional

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    Es menester revestir la presente investigación de la importancia en cuanto a la función de la pena conforme a los mecanismos de resocialización y reinserción en los centros penitenciarios y carcelarios en Colombia, en especial la Cárcel de Facatativá de la Policía Nacional que atiende a los miembros de la fuerza pública que han cometido una conducta punible y ya han sido condenados, o aquellos que se encuentran con medida de aseguramiento intramuros. Se encuentra como punto referencia el sistema de políticas criminales que Colombia se establece con el sistema penal, el cual define la función de la pena en el artículo cuarto del Código Penal Ley 599 de 2000, “las funciones de prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado. La prevención especial y la reinserción social operan en el momento de la ejecución de la pena de prisión” (2000, art. 4), en concordancia con el artículo 12 del Código Penal Militar el cual se refiere a que la pena en materia penal militar tiene como “función la prevención general y especial, protectora y reinserción social. Las medidas de seguridad persiguen fines de protección, curación, tutela y rehabilitación” (Ley 1407 de 2010, art. 12) Otro punto importante es la valoración de la reinserción social en Colombia que se da en las cárceles en Colombia, partiendo de la diferencia que puede tener una cárcel ordinaria a un centro carcelario especial conforme a las experiencias de los reclusos de la Cárcel de Facatativá de la Policía Nacional, aquellos que han pasado de una cárcel a otra y pueden distinguir aspectos positivos y/o negativos en el cumplimiento de los fines de la pena. Se requiere resaltar que los funcionarios de la policía nacional que han sido condenados con pena privativa de la libertad son personas común y corrientes, pero que como mínimo tienen algún estudio técnico o profesional, es esencial resaltar esta característica ya que algunos al momento de cumplir una pena en una cárcel ordinaria ya sea la modelo o la picota, u otras cárceles del país tiene un encuentro con personas que quizás no cuenten con algún estudio, ello influenciaría e influiría en que los tratamientos frente al cumplimiento de la pena sean disimiles. No obstante, para la política criminal y carcelaria del país en muchas ocasiones se han olvidado del cumplimiento de los fines de la pena, una pena que en estos tipos cuenta con la humanización, con una justicia restaurativa que ofrece también la resocialización, reinserción y rehabilitación en el caso de los agentes de la Fuerza Pública. La evaluación de la política criminal se encuentra reflejada en la legislación penal desde el punto de vista de la finalidad de la pena ante la condena por la comisión de conductas punibles. La finalidad del sistema penal y de la pena misma en Colombia es la “prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado”. Como aspecto particular, el objetivo legal de la pena de un condenado conforme la Ley 1709 de 2014, artículo 51 establece que una de las funciones del Juez de Ejecución de Penas y Mediadas de Seguridad es “3. Hacer seguimiento a las actividades dirigidas a la integración social del interno. Para ello deberá conceptuar periódicamente sobre el desarrollo de los programas de trabajo, estudio y enseñanza.” (Ley 1709 de 2014, art. 51). El trabajo por ello, se fundamenta en revisar y resaltar el papel de las autoridades encargadas del cumplimiento de la pena en los centros penitenciarios y carcelarios, del interés en realizar algún tipo de seguimiento al condenado para evitar que cuando cumpla la pena sea reincidente en las conductas ilícitas, el ofrecimiento de programas educativos técnicos, tecnólogos o profesionales, el derecho a trabajar al interior del centro carcelario para cumplir con obligaciones para con la familia, o se disminuya la pena. Día a día se observa particularmente el incremento de miembros de la Policía Nacional en algún ilícito, no obstante, el interés del presente trabajo investigativo es que sin necesidad de revisar la conducta penal realizada se verifiquen a través de la experiencia de los internos del centro carcelario especial de Facatativá de la Policía Nacional y las autoridades encargadas de su administración el cumplimiento de los fines de la pena establecidos en la ley, por ello, la pregunta investigativa es: ¿Cuáles son los mecanismos que se tienen en cuenta actualmente (2018) en la cárcel especial de Facatativá de la Policía Nacional para la resocialización y reinserción de los miembros de la fuerza pública que se encuentran cumpliendo una pena? El objetivo general es identificar los mecanismos que utilizan en la cárcel de Facatativá de la Policía Nacional en favor de los fines de la pena en cuanto a la resocialización y reinserción de los miembros de la fuerza pública que han cometido conductas punibles. Los objetivos específicos planteados consisten de identificar las teorías que dan lugar a los fines de la pena para cumplir con un elemento esencial de resocialización o reinserción del delincuente; es fundamental examinar los conceptos de la reinserción y resocialización como fines de la pena establecidos en la Ley Penal ordinaria y Militar, adicional a ello, encontrar a través de la experiencia de los reclusos en la cárcel especial de Facatativá las diferencias o similitudes con otras cárceles del país en cuanto a los programas de resocialización. La presente investigación es pertinente porque profundiza en la importancia en políticas que se han creada en favor de los fines de la pena, esencialmente en los trabajos que se llevan a cabo con recluso que ha sido condenado por una conducta punible, pero que el Estado le otorga una oportunidad de restablecer sus conductas a través de métodos que conllevan a la resocialización y reinserción, tratamientos que con ayuda de especialistas puedan continuar al purgar la pena con una adecuada calidad de vida para su familia y para sí mismo. Conforme a los aspectos de la resocialización de los miembros de la fuerza pública que han sido condenados a una pena privativa de la libertad se requiere hacer énfasis en las políticas públicas que maneja el Estado en el derecho penal de acuerdo con su función punitiva y retributiva de la misma. Sin embargo, es aquella que no solo sirve para castigar sino también para reincorporar y recuperar a los hombres que han caído en conductas desviadas y reprochables por la sociedad. La acción de las autoridades que vigilan la ejecución de la pena es fundamental, ya que de ahí se desprende la obligación del Estado a no solo aplicar una función retributiva por un daño causado sino la función restaurativa que contiene la misma pena, con la utilización de mecanismos en atención al condenado desde el punto de vista humanístico, desde la base de la criminología, de la función de la pena en cumplimiento de los fines esenciales del Estado Social de Derecho estableciendo la competencia de la creación de las políticas criminales del Estado en cabeza del Ministerio de Justicia, Fiscalía General de la Nación, Policía Judicial y en la Policía Nacional institución que conserva un régimen especial para los funcionarios de la fuerza pública que han sido condenados por un delito en el desarrollo de sus funciones y con ocasión del servicio a aquéllos que se encuentran en centros carcelarios y de reclusión especial de la misma institución, los cuales deben cumplir las mismas condiciones que establece el fin de la pena al igual que una persona civil que se encuentre privada de la libertad dentro de un establecimiento penitenciario y carcelario común. La investigación es de carácter analítico-descriptivo, lo cual permite que se recolecte información evaluable en cuanto al cumplimiento de la función de la pena la resocialización y reinserción social, esto hará parte de un enfoque mixto “cualitativo y cuantitativo”, verificando datos y estadísticas que se aportaron mediante el instrumento de la encuesta y entrevista realizadas en trabajo de campo al interior del centro carcelario especial, en conjunto con la experiencia del Director de la Cárcel de Facatativá de la Policía Nacional, además de ello se podrán vislumbrar nuevas experiencias en comparación con otros centros carcelarios en Colombia. Se diseñaron técnicas o mecanismos como propuestas a implementar en el Sistema Penal Acusatorio para que se lleve una real reinserción social del delincuente en Colombia, caso en concreto los miembros activos de la Policía Nacional que incurrieron en la comisión de un hecho delictivo encontrándose en servicio y/o con ocasión al mismo. Los instrumentos utilizados consisten en fuentes primarias y secundarias, Libros, Doctrina, Artículos Científicos, Monografías, Normatividad, Jurisprudencia y todas aquellas estadísticas que se desprenden del trabajo de campo realizado por los suscritos en la cárcel especial para miembros de la fuerza pública ubicada en Facatativá. En el documento se vislumbran tres capítulos importantes que desarrollaran los objetivos propuestos: En el primer capítulo se abordan conceptos y teorías conforme a la función de la pena, la resocialización y reinserción, antecedentes de la necesidad de la implementación de una pena cunado se infringe la ley penal. En el segundo capítulo se lleva a cabo el análisis histórico y antecedente de las cárceles en Colombia, y por último se refleja el trabajo de campo llevado a cabo en la cárcel de Facatativá de la Policía Nacional.Universidad Libre – Facultad de Derecho – Maestría en Derecho Pena

    Derecho a la igualdad de los auxiliares de policía frente a las sanciones impuestas por incurrir en faltas graves con culpa grave o leves dolosas en la Ley 1015 de 2006

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    El presente trabajo se realiza observando el aporte de origen normativo y la consecuencia de la inaplicabilidad de los criterios de “ponderación, igualdad y favorabilidad” frente al actual Régimen Disciplinario de la Policía Nacional de Colombia, aplicable a los funcionarios que desempeñan su rol como profesionales de Policía, pero también a aquellos auxiliares de Policía que se encuentran prestando el servicio militar dentro de la Institución. En esta dirección se analiza el Régimen Disciplinario Especial de la Policía Nacional, como lo estipula la “Ley 1015 de 2006”, “Titulo VII, Capitulo Único: Normas para los Auxiliares de Policía”37, con relación a los cargos de i) auxiliar bachiller de Policía y ii) auxiliar de Policía; por consiguiente, se orienta el objeto de investigación hacia el estado de vulnerabilidad y debilidad que genera esta normatividad, con respecto al personal profesional escalafonado que conforma la institución; en principio se parte del supuesto según el cual no pueden existir instrumentos legales que se encuentren en contrariedad con el ordenamiento jurídico, y por ende se analiza si las mentadas normas afectan la relación de igualdad entre los miembros de la institución. Como consecuencia de lo anterior, será oportuno mencionar que la Policía Nacional de Colombia cuenta con un Régimen Disciplinario especial e independiente respecto de otros organismos que conforman la denominada Fuerza Pública, encontrándose por ejemplo que para efectos de disciplinar a los militares, se cuenta con la Ley 1862 de 201738; siendo la especialidad de las funciones realizadas, la principal razón por la cual el legislador admite la existencia de regímenes especiales39; es así que mediante la Ley 1015 de 2006 se clasifican las faltas en “GRAVISIMAS, GRAVES Y LEVES”40, imponiendo sanciones descritas y tipificadas, tales como, la destitución, la suspensión, la multa y por último la amonestación escrita, graduación y calificación final, de acuerdo a la falta endilgada y la responsabilidad presentada. Ahora bien, con relación al desarrollo metodológico de la investigación, debe indicarse que durante su desarrollo se realizaron amplias búsquedas documentales con el objetivo de cumplir con las metas propuestas y ofrecer al lector un panorama amplio de la problemática abordada, teniendo en cuenta la particularidad de los conceptos, así como las aplicaciones prácticas y la explicación de algunas sentencias hito dentro del desarrollo jurídico colombiano. Así mismo, se realiza un recorrido histórico de la evolución del servicio militar obligatorio en el mundo, abordando la transformación del carácter obligatorio a voluntario en diferentes países del mundo; continuando con el análisis de la tendencia colombiana posterior al proceso de paz41 en relación con la Fuerza Pública. Ahora bien, existen Estados42 que únicamente poseen Policía, por ende, no es viable el reclutamiento obligatorio. Mientras países, como Estados Unidos en los cuales existen las Fuerzas militares, el servicio militar es voluntario; sin embargo, aún encontramos Estados que la prestación del servicio sigue siendo obligatoria como por ejemplo el nuestro. Finalmente, y con miras a garantizar una debida lectura, es importante explicar que la investigación se llevó a cabo en tres capítulos, como se expone a continuación: El primer capítulo, se ocupa de analizar y describir las teorías jurídicas de la naturaleza del derecho disciplinario, su autonomía respecto al derecho penal, algunos elementos esenciales de su funcionamiento, los principios constitucionales, así como la fundamentación de la constitución del “régimen disciplinario especial para los miembros de la Fuerza Pública”. En el segundo capítulo, se realiza una explicación de la evolución legislativa que se ha llevado acabo sobre “el servicio militar obligatorio”, la objeción de conciencia y el régimen aplicable, teniendo en cuenta las funciones legales y la responsabilidad del prestador del servicio. El tercer capítulo corresponde a una descripción completa del “derecho a la igualdad”, analizando la jurisprudencia, derecho comparado y su aplicación en la integración del bloque de constitucionalidad, y el buen manejo al ejercicio de los derechos fundamentales a la población colombiana, en virtud de sus compromisos internacionales. Finalmente, en un cuarto capítulo se abordan las teorías y muestras informativas presentadas en los capítulos precedentes para concluir y formular una recomendación basada en “El Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, facilitando la labor de la potestad disciplinaria.Universidad Libre – Facultad de Derecho – Maestría en Derecho Disciplinari

    Evolución del control civil y político sobre las fuerzas armadas en Panamá

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    Este trabajo comprende el estudio de la evolución y control político-civil sobre las Fuerzas Armadas en Panamá, a través del análisis basado en la teoría de Narcís Serra, que describe las medidas requeridas para el control civil sobre las Fuerzas Armadas durante la transición democrática, aplicadas en tres etapas (transición democrática, consolidación democrática y democracia consolidada). Se analizan decisiones tomadas por los diversos gobiernos civiles para la consolidación del control civil, tomando como variables fundamentales la desmilitarización, la despolitización de la Fuerza Pública y la asistencia e intervención de los Estados Unidos. Como hipótesis del trabajo se señala que, para el logro del control civil y político efectivo sobre las Fuerzas Armadas, no es condición suficiente la eliminación del ejército, sino que el mismo se obtiene con la concreción de medidas específicas, tales como la redacción de leyes estratégicas, la constitución de un Consejo Nacional de Seguridad y Defensa, la civilización de la Policía Nacional a través de una adecuada profesionalización y con la creación de un Ministerio de Seguridad Pública a cargo de un civil. Además de estas medidas técnicas, debe haber un cambio de mentalidad en toda la Fuerza Pública, siendo esto una tarea que corresponde a los miembros del Gobierno. Finalmente, se toman dos casos comparativos de estudio, Costa Rica y Haití, los que demuestran que la sola eliminación de los ejércitos, no asegura la eficacia del control civil sobre la Fuerzas Armadas
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